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Lo que necesita para viajar



Lo que necesita para viajar
Hemos recopilado información muy valiosa de los requisitos básicos que necesitarán para viajar a los países más visitados mundialmente.
Tener en cuenta:


Para viajar a Chile:
Los extranjeros que desean ingresar al país como turistas o como residentes sujeto a contrato, estudiante o residencia temporaria, deben solicitar su visa en el consulado de chile en el exterior.


Los tipos de visas son cuatro:


a.Residente sujeto a contrato, se otorga a los extranjeros que viajen al país con el objeto de dar cumplimiento a un contrato de trabajo con una empresa cuyo domicilio legal se encuentra en Chile, la que se puede solicitar en el Consulado del país donde reside, presentando los siguientes documentos:


1.Carta solicitud. Dirigida al señor Director de Política Consular, en la cual se debe identificar al beneficiario y los dependientes que lo acompañan. Debe señalar el motivo de la contratación y la actividad especifica que va a realizar el extranjero. Indicar además por cuanto tiempo viene contratado y en que Consulado Chileno estampará su visa.


2.Contrato de trabajo. Debe venir conforme a lo estipulado en el art.N° 37 Reglamento de Extranjería y firmado por ambas partes o al menos por el empleador ante notario público, conteniendo a lo menos:


• Obligaciones del empleador de retener e ingresar a las arcas fiscales el monto correspondiente al impuesto a la renta con relación a la remuneración pagada.
• Señalar sistema de previsión del trabajador y obligación de efectuar las cotizaciones previsionales y de salud.
• Compromiso del empleador de cancelar el pasaje de regreso al país de origen del contratado y de sus dependientes al término del respectivo contrato.


Si el contrato de trabajo esta firmado solo por la parte empleadora, una vez aprobada la visa sujeta a contrato, debe remitirlo al empleado, previa legalización en el Ministerio de Justicia y Ministerio de Relaciones Exteriores, para que lo firme ante el Cónsul de Chile, quien hará de Ministro de Fe.


3. Curriculum vitae del extranjero (no exigible en el caso de asesoras del hogar).


4. Extracto sociedad empresa contratante


5. Declaración de impuesto (tres últimos meses)


6. Fotocopias planillas imposiciones (tres últimos meses)


Documentación que debe presentar ante el Consulado de Chile al momento de retirar la visa


• pasaporte vigente
• certificado de antecedentes personales
• certificado de salud (libre de enfermedades infecto contagiosas)
• 4 fotos tamaño pasaporte
• contrato de trabajo, en caso de no estar suscrito por el trabajador extranjero


Importante:


• El cumplimiento de los antecedentes aquí señalados, no compromete al Departamento de Inmigración respecto del otorgamiento de la visa solicitada.
• Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales.






b.Residente Temporario Se otorga al extranjero que tenga el propósito de radicarse en Chile por tener vínculos de familia (a los padres, cónyuge e hijos de extranjeros residentes) o intereses en el país.


1. Carta solicitud: Dirigida al señor Director de Política Consular, en la cual se debe identificar el solicitante de la visa, señalar el motivo del avencindamiento en chile. Debe acreditar solvencia económica o medios económicos que le permita residir sin carga social para el país. Debe señalar en que Consulado de Chile se estampara la visa.


2. Certificado de parentesco: Matrimonio y/o nacimiento que compruebe el vínculo familiarcon el solitante).


3. Certificado solvencia económica.


4. Fotocopia de Pasaporte del extranjero


5. Otros documentos (que el solicitante considere respaldar el motivo por el cual se está solicitando visa de residencia temporaria)


A continuación se señala la documentación que debe presentar el extranjero ante el Consulado de Chile, al momento de retirar la visa:


• pasaporte vigente
• certificado de antecedentes personales
• certificado de salud (libre de enfermedades infecto contagiosas)
• 4 fotos tamaño pasaporte




Importante:
• El cumplimiento de los antecedentes aquí señalados, no compromete al Departamento de Inmigración respecto del otorgamiento de la visa solicitada.


• Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales.




c.Residente Estudiante, se otorga al extranjero que viaje a Chile con el objeto de realizar estudios como alumno regular en establecimientos del estado o particulares reconocidos por este, acreditando su correspondiente matricula y se pueden solicitar directamente en los Consulados de Chile.




d.Turismo, Se otorga a los extranjeros que desean ingresar a Chile con fines de recreo, deportivos, de salud, de gestiones de negocios u otro motivo, sin propósito de inmigración, residencia o desarrollo de actividad remunerada y son solicitadas directamente en los Consulados de Chile.






Las Monedas que usaría:
Monedas: 1, 5, 10, 50 ,100 y 500 pesos
Billetes: 1.000, 2.000, 5.000, 10.000 y 20.000 pesos.
Vacunación
Actualmente no se exigen vacunas ni exámenes médicos para ingresar a Chile.
En aduanas
Pueden ingresar al país, sin declarar a la Aduana y libre de tributos, los artículos de viaje (maletas, bolsos, efectos personales), prendas de vestir, artículos eléctricos de tocador (máquina de afeitar, cortar pelo, secador de pelo manual), artículos de uso personal (despertador, máquina fotográfica, máquina de escribir y de calcular portatil)




Visa para artista que viene a trabajar a Chile


Si el extranjero requiere visa de turismo para ingresar a Chile, debe solicitarla en el Consulado de Chile del lugar de procedencia. El Representante o Productor artístico debe solicitar un permiso de trabajo, en el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior, Agustinas N° 1235, teléfono 5502400, Santiago.




¿Cuál es el procedimiento para tramitar una visa para visitar Chile y en el país que resido no existe representación Consular Chilena?.


Las visas obligadamente las otorgan los Consulados de Chile en el exterior, en el caso de que no exista representación Consular en su país de residencia, usted deberá gestionar su visa en aquel país, más cercano a su residencia, donde exista que tenga Representación Consular de Chile.




Para viajar a Colombia
Fuente: internacional.universia.net


Documentos
Los siguientes documentos deben presentarse en el momento de la llegada o tramitarse los primeros días de ingreso al territorio colombiano: Pasaporte, documento de viaje o documento de identidad vigente, según sea el caso. Si es de nacionalidad chilena o ecuatoriana, basta la presentación del documento de identidad.
Visa
Se requiere visa correspondiente para los nacionales de: Cuba, India, Irán, Irak, República Dominicana, Nicaragua, China, Taiwan, Haití, Afganistán, Argelia, Corea del Norte, Eslovaquia, Jordania, Líbano, Libia, Marruecos, Pakistán, Palestina, República Checa, Siria, Sudán, Srilanka, Vietnam y Yemen. Los demás países no requieren visa de turismo. Es necesario llenar la tarjeta migratoria para efectos del registro correspondiente.
- Verifique que las autoridades migratorias coloquen en el pasaporte el sello de ingreso y el término de permanencia autorizado.
- Cédula de Extranjería.
- Si la persona es titular de una visa registrable, es decir, una visa de residente, inmigrante o temporal, con vigencia superior a seis (6) meses, debe tramitar una cédula de extranjería. La persona debe ser mayor de 18 años y debe presentarse a la Dirección de Extranjería o direcciones seccionales del DAS dentro de los 30 días calendario siguientes a su ingreso al país, con la visa o su otorgamiento.
(Si la persona cumple 18 años durante su estadía en Colombia y posee visa registrable, debe llevar a cabo el mismo procedimiento una vez alcance la mayoría de edad).
- Tarjeta de Extranjería. Deben tramitarla los menores de edad entre siete y 18 años de edad, cumpliendo los siguientes requisitos: Presentación del menor con su representante legal ante la Dirección de Extranjería o dirección de seccionales del DAS dentro de los 30 días calendario siguientes a su ingreso al país, con la visa u otorgamiento. (Si el niño cumple siete años, durante su estadía, debe efectuar el mismo procedimiento una vez alcance esta edad). Además, debe presentarse los siguientes documentos: Pasaporte vigente y anteriores si los hay, 4 fotos 3x4 de frente en blanco y negro, cancelar las suma de $89.100 si la visa es de residente y $66.800 si es temporal o inmigrante.
Puertos de entrada
- Puertos aéreos: Barranquilla, Bucaramanga, Cali, Cartagena, Cúcuta, Leticia, Medellín, Neiva, Pereira, Puerto Asis, Bogotá, San Andrés, Santa Marta.
- Puertos Marítimos: Barranquilla, Buenaventura, Cartagena, Riohacha, Santa Marta, San Andrés, Turbo y Tumaco.
- Puertos Fluviales: Arauca, Leticia, Puerto Asis y Puerto Carreño.


Prórrogas de permanencia en Colombia
Los requisitos para obtener una prórroga de permanencia en el país son: Presentarse ante cualquier dependencia del DAS. Presentar pasaporte vigente. Diligenciar formulario que se entrega en las ventanillas de las oficinas del DAS.
Nota: Cada prórroga o salvoconducto para permanecer o salir del país se otorga por un plazo máximo de 30 días a la vez.
Salida del país
- Presentar el pasaporte o documento de viaje vigente, donde conste que se encuentra en permanencia legal. Si su nacionalidad es ecuatoriana o chilena debe presentar el documento de identidad vigente y la tarjeta migratoria que le fue entregada a su ingreso a Colombia.
- Cédula o tarjeta de extranjería si es titular de una visa registrable.
- Salvoconducto válido para salir del país cuando sea el caso.
- Si es menor de edad colombiano o extranjero, con domicilio en Colombia, debe cumplir los requisitos establecidos por el código del menor.




Para viajar a Venezuela
Fuente: yoteca.com


Pasaporte: Sí, con validez mínima de 6 meses.
Visado: No para estancias de hasta 30 días.
Otros: No.
Vacunas obligatorias: No.
Vacunas recomendadas: No.
Moneda: Bolívar.




Para viajar a Brasil


Usted necesita:
- Pasaporte válido


- Documento Nacional De Identidad - DNI
- Vacuna para la fiebre amarilla si procede de lugares endémicos
Indicaciones:
“ Puede aplicarse desde los 9 meses de edad; a pesar de ello, en menores y embarazadas no está recomendada, aunque situaciones especiales pueden obligar a evaluar su aplicación (brote, endemia alta y viaje hacia zonas de riesgo). Algunos países exigen esta vacunación para el ingreso de viajeros (ver listado de países en la publicación de la OMS: International Travel and Health).
Población rural de zonas endémicas o epidémicas (infestadas por el mosquito Aedes aegypti). Viajeros desde y hacia esas regiones.
Brotes epidémicos.
Población de zonas limítrofes con áreas de riesgo (en la Argentina existe un programa de vacunación antiamarílica en las provincias de Misiones, Corrientes, Entre Ríos, Salta, Jujuy, Formosa y Chaco, por su proximidad con Brasil, en donde existen áreas de epizootia).” vacunacion.com.ar


Para viajar a Italia
Fuente: www.visadoschengen.com
Los requisitos para viajar a Italia, son casi los mismos de cualquier país Schengen, y la documentación requerida varía de acuerdo a la nacionalidad del viajero, el tiempo de permanencia previsto y el motivo del viaje.
Los países miembros del Acuerdo de Schengen, convinieron un único visado con el fin de proporcionarle al viajero el ingreso a territorio Schengen con un solo control en la frontera del país de entrada y el libre tránsito entre los países miembros de este Acuerdo, siempre y cuando el turista cumpliera con una serie de requisitos ya especificados en el Tratado.
Para obtener la Visa Schengen, requisito para viajar a Italia, el viajero deberá presentar ante la Embajada, la siguiente documentación:
• Dos formas de aplicación, con una fotografía actualizada.
• Pasaporte válido (la vigencia debe superar los tres meses después de finalizado el viaje).
• Confirmación de la reserva de Hotel, copia del itinerario y pasajes de avión de ida y vuelta.
• Para viajes de visita, el turista deberá demostrar un sustento económico por medio de extractos bancarios, prueba de ingresos económicos o bien, una carta de invitación y una declaración de patrocinio de sus familiares/amigos del país Schengen.
• Para viajes de negocio, el turista deberá presentar una carta de la compañía proporcionando detalles acerca de su viaje de negocios.
• Seguro médico de viajes obligatorio, con validez por el mismo tiempo de permanencia en territorio Schengen y que cumpla con los siguientes requisitos: Asistencia médica por enfermedad: cobertura mínima de 30,000 euros, asistencia médica por accidentes: cobertura mínima de 30,000 euros, repatriación: cobertura mínima de 30,000 euros. La devolución de los gastos no podrá ser a reembolso, el seguro de viaje no podrá tener un deducible y la empresa de seguro deberá tener un representante o sucursal en espacio Schengen. Para este requisito el viajero deberá presentar original y copia.




Para viajar a España
Fuente: andinia.com
Si usted pertenece a un país de la Unión Europea, no hace falta más que llevar su DNI o Pasaporte para ingresar a España. Sin embargo, si viene de cualquier otro país, será necesario que cumpla con ciertos requisitos para que lo acepten como turista en el territorio español.
Debido a los recientes casos de deportación de ciudadanos argentinos y latinoamericanos ni bien aterrizaron en España, queremos recordarle los requisitos legales que debe cumplir un ciudadano extracomunicatario (no perteneciente a un país de la UE) para ingresar a España de forma legal, ya que (como todos deberíamos saber) no conocer la ley no exime de su cumplimiento.
La potencial inmigración ilegal hacia Europa y a España hace que se exijan ciertos requisitos a cumplir por los viajeros que pretendan ingresar al pais ibérico por tren, avión, barco, autobús, coche o con cualquier otro vehículo o transporte. Si uno no es español o residente legal en España o cualquier país de la Unión Europea, lo mínimo imprescindible que tiene que tener disponible para mostrar a las autoridades aduaneras o migratorias es lo siguiente.
1 - Su pasaporte en regla.
2 - Un pasaje de ida y vuelta cerrado e intransferible (a su nombre y con fech de vuelta) con una estadía máxima de 90 días.
3 - Durante el año 2010, al menos $63,3 euros por día de estadía (que pretenda estar de turista en el país), con un mínimo de 570 euros o su equivalente legal en moneda extranjera. Puede tener este dinero en efectivo, cheques de viajero, cheques certificados, cartas de pago o un certificado de haberes o saldo de su cuenta bancaria o saldo disponible en su tarjeta de crédito (que debe ser internacional) que lo demuestre.
4 - Una reserva del hotel o albergue en el que va a hospedarse pagada por adelantado, o la carta de invitación de un español o residente en España que lo invite a hospedarse en su domicilio (expedida por la Policía Nacional Española). Este requisito puede no ser del todo necesario, ya que si usted piensa residir en un determinado hotel pero no tiene reserva, bastará con que indique la dirección del mismo, y en todo caso más tarde podrían verificar que realmente usted se hospedó allí.
5 - Un seguro médico que cubra problemas de salud mientras dure su estadía en España, válido para Europa.
6 - Si se viaja por motivos ajenos al turismo, verificar en su Consulado si no se exige visa o visado dependiendo de cuál sea su país de orígen y su situación (por estudio, investigación científica, trabajo, giras artísticas, etc.)
En la práctica, no siempre se exigen todos estos requisitos al entrar en España, ya que los controles en aeropuertos y peajes son aleatorios. Pero lo cierto es que por ley pueden (o deberían) hacerlo. Y si no cumple con alguno de ellos, pueden impedirle la entrada, perdiendo usted el dinero que le haya salido el pasaje...volverá a su pais, y no tendrá derecho legalmente a reclamar nada al gobierno español.
Además, si viaja con su/s hijo/s menores de edad, pero sin la compañía del padre o madre (según sea usted madre o padre), es conveniente que disponga de un certificado de que el padre que no lo acuompaña lo autoriza sin embargo a viajar con su hijo. Este requisito es algo que recomendamos tener (sobre todo si España será para usted una puerta para viajar por Europa u otros países), pero que al parecer no está explícitamente exigido para ingresar a España.
Lo máximo que se puede permanecer en este país como turista extranjero turista son 3 meses, pudiendo pedirse un prórroga en casos excepcionales. Si luego de estos 3 meses o menos viaja a algún otro país (no necesariamente el suyo), al volver puede permanecer otros 3 meses si lo desea. Contrariamente, si se va del país luego de pasados los 3 meses, sin haber tenido autorización para ello, podrían denegarle la entrada en un futuro viaje, ya que quedará registro de ello.


Para viajar a los Estados Unidos
Suelen cambiarse los requisitos, hemos encontrado en este link algunos pasos que de seguro le servirán: https://esta.cbp.dhs.gov/

Posted by T2o on 17:32. Archivado en , , . Esta información es seleccionada de fuentes confiables de internet le atribuimos a ellas la autoría del contenido que nosotros editamos.

2 comentarios for "Lo que necesita para viajar"

  1. Gracias por la informacion, no tendre sobresaltos cuando salga del pais.


    Maria - Viajes a Venezuela

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